TIPOS DE APOYO
Línea I. Elaboración e Implantación de planes de igualdad (TR357C):
a) La elaboración de una diagnosis de la empresa desde la perspectiva de género.
b) La elaboración de un plan de igualdad que recoja las acciones o medidas que corrijan las deficiencias detectadas en una diagnosis previa.
c) La primera fase de implantación de las medidas prioritarias previstas en un plan de igualdad.
d) La contratación a jornada completa y como mínimo de un año de una persona con titulación de grado y con experiencia y/o conocimientos acreditados en materia de igualdad.
Línea II. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal (TR357D)
a) Incentivos para el fomento del teletrabajo. No serán beneficiarias aquellas empresas que pertenezcan a sectores de la economía de la tecnología de la información y la comunicación (TIC)
b) Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria.
c) Adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo. Que tengan un acuerdo de teletrabajo en vigor en la fecha de presentación de la solicitud: Elementos subvencionables: ordenador personal, medios materiales para el acceso a internet y todos aquellos periféricos necesarios para las tareas para desarrollar: webcam, impresora, escáner y demás componentes de hardware necesarios para la implantación efectiva del teletrabajo, con la finalidad de fomentar el uso de tecnologías de la información y comunicación (TIC) como una medida de conciliación laboral, personal y familiar. No será subvencionable el software.
Línea III. Certificaciones de la RSE (TR357B): Se subvencionará la obtención de certificaciones o informe de verificación o validación de códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial. Podrán ser las que se relacionan o equivalentes:
· Empresa familiarmente responsable-EFR (conciliación)
· Global Reporting Initiative (GRI)
· United Nations Globlal Compact (Pacto Mundial)
· ISO 19600, SGE 21, Global Accountability 1000 (AA 1000)
EMAS, ISO 14000 (ambiente), SANA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ESO 45001 (seguridad y salud laboral), Certificación Empresa saludable, asimismo Sello Horarios Racionales (SHR)
BENEFICIARIOS
Pymes, micropymes y trabajadores autónomos con trabajadores por cuenta ajena y domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica y estén constituidas en el momento de presentar la solicitud. Para las líneas II y III, también empresas con centros de trabajos en Galicia.
En el caso de la línea I (planes de igualdad) tendrán que contar como mínimo con 10 personas trabajadoras y un máximo de 49.
En el caso de la línea II, las sublíneas 1 y 3 deberán contar como mínimo con 1 persona trabajadora. Para la sublínea 2 deberán contar como mínimo con 5 personas trabajadoras.
Para la línea III, las empresas deben contar con mínimo 5 personas trabajadoras