El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente atribuye a la Agencia de Información y Control Alimentarios el control del Sector Vitivinícola, pasando la misma a ejercer funciones relativos a la gestión y mantenimiento de los sistemas de información, seguimiento y análisis, así como el inicio y la instrucción de los expedientes sancionadores por incumplimientos en el pago de las aportaciones obligatorias a las organizaciones interprofesionales reconocidas por el citado Ministerio.
Mediante este real decreto se refurerza el sistema de declaraciones obligatorias, en cuanto se amplía la información que estas deberán contener y la periodicidad de su remisión, que pasa de ser anual a ser mensual y que afecta en concreto a las declaraciones de existencias y producciones. Con ello se crea un sistema unificado de información en el sector vitivinícola que incluirá un registro de operadores así como toda esa información mínima que deben contener las declaraciones obligatorias.
Todos los productores almacenistas deberán presentar mensualmente una declaración detallada por instalación de existencias, de producción, de entradas y salidas y de envasado de vino y mosto, directamente, antes del día veinte del mes siguiente al que se refieren los datos, mediante los procedimientos informáticos establecidos al efecto.
No obstante, estos cambios afectarán a la campaña 2016/2017.
Fuente: www.boe.es