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AYUDAS A LOS PROYECTOS DE REORGANIZACIÓN PRODUCTIVA PARA LA FABRICACIÓN DE EQUIPAMIENTO SANITARIO COVID-19

22/04/2020
  1. Noticias

Proyectos que permitan la reorganización productiva de las empresas gallegas para abordar la fabricación de cualquier equipamiento de utilidad en la lucha frente al COVID-19 en alguno de los siguientes ámbitos:

 

-          Textiles sanitarios.

-          Equipos de protección individual (mascarillas, cortinas, trajes, gorros, guantes…).

-          Kits y consumibles de diagnosis.

-          Alcoholes y desinfectantes sanitarios.

-          Dispositivos de intervención o tratamiento.

-          Ventiladores o sus componentes.

-          Elementos para la desinfección.

-          Fabricación de maquinaria para la producción de estos bienes.

-          Otros equipamientos necesarios para la prevención y lucha contra el COVID-19 o el tratamiento de la enfermedad.

Conceptos subvencionables:

ü  Bienes de equipo: maquinaria de proceso, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, equipos y medios de transporte interno, medios de protección del ambien­te y otros bienes de equipo

ü  Otras inversiones en activos fijos materiales.

ü  Activos intangibles relacionados directamente con el proceso productivo (o con el de prestación de servicios, en su caso).

ü  Aprovisionamientos y adquisición de materiales necesarios para fabricar el equipa­miento sanitarios

ü  Asistencias técnicas para la identificación y control de las especificaciones técnicas y/o certificación y homologación de producto necesarias para que el anterior equipamiento sanitario pueda ser utilizado inmediatamente después de su producción.

 

Los activos podrán ser adquiridos en propiedad o utilizarse en régimen de arrenda­miento durante el período de ejecución del proyecto. En este caso, el coste subvencionable será el importe de las cuotas periódicas sin recargos, intereses u otros costes adicionales.

 

Adquisición de activos de 2ª mano con los siguientes requisitos:

ü  Declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y de que no fueron objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria.

ü  El precio no sea superior al valor de mercado y sea inferior al coste de los bienes nuevos similares, para lo cual deberá aportarse certificado de tasador independiente.

 

CUALIFICACION REQUERIDA:

1.    Los proyectos tendrán que ser validados por el Comité de Fabric. Equipamiento Sanitario aprobado mediante Consello de la Xunta de 17/03/20.

2.    Los proyectos tendrán que proponer la obtención rápida de una primera remesa de productos cuantificable, en todo caso, antes de 10/07/20.

3.    Al final del plazo ejecución, los productos deberán estar certificados o cuando menos justificar la presentación de la solicitud de certificación oficial.

 

PLAZO EJECUCIÓN= desde entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de estado de alarma=14/03/20 hasta el 30/10/20.  

En caso de que los proyectos estuvieran empezados a fecha de solicitud de la ayuda, no podrán estar terminados materialmente o ejecutados íntegramente antes da dicha solicitud.

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