Asesoría de confianza desde 1993
Renta virtual 2022

Noticias

Temas

Ayudas para compensar a los acuicultores que tuvieran pérdidas de producción entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia del brote de Covid-19

28/07/2021
  1. Noticias

Las ayudas tendrán como finalidad compensar a los acuicultores que tuviesen pérdidas de producción que hayan tenido lugar entre el 1/02/2020-31/12/2020 a consecuencia del brote de la COVID-19.

 

Las pérdidas deben ser al menos un 20 % en relación con los ingresos medios para el mismo período en los 3 años anteriores (2017, 2018 y 2019). En el caso de empresas con menos de 3 años de actividad, estas deberán tener actividad durante al menos el año natural 2019 completo. Si las pérdidas fuesen inferiores al 20 % no se tendrá derecho a la subvención.

 

 

Para calcular dicho importe se tendrán en cuenta las ventas realizadas en el período de referencia (de 1 de febrero a 31 de diciembre de 2020) en comparación con el mismo período de los años 2017, 2018 y 2019. Se realizará la media de las ventas realizadas en esos tres años y se calculará si la empresa sufrió pérdidas de ventas por más del 20 % con respecto al mismo período de referencia, en el año 2020.

 

En el caso de empresas de menos de tres años de actividad, el cálculo se realizará teniendo en cuenta los datos de los años correspondientes

 

Beneficiarios
 

Empresas acuícolas titulares (titularidad desde 1/02/20217-31/12/2020, en empresas de menos de 3 años desde al menos 1/01/2019-31/12/2020) de establecimientos de acuicultura que viesen reducida su producción entre 1/02/2020-31/12/2020 como consecuencia de la pandemia de la COVID-19.

Se considera empresa acuícola a las personas físicas o jurídicas, titulares de establecimientos que se dedican a la realización de actividades de acuicultura en cualquiera o en todas sus fases de explotación, cría, cultivo o reproducción, situados en Galicia. Titularidad

 

Requisitos:                                     

a)    Titulares de establecimientos de acuicultura que, de acuerdo con la Orden de 9 de abril de 2008 por la que se establece el sistema de transmisión de los datos mensuales de producción de acuicultura, tengan que transmitir y presentar los datos mensuales de producción de acuicultura: Haber transmitido en los años 2017, 2018, 2019 y 2020, o en los años correspondientes para las empresas de menos de tres años de actividad, a la Conselleria del Mar la información establecida en la citada orden. El incumplimiento de este  requisito  supondrá  la  inadmisión  de  la  solicitud.  Los  importes  de  las  ventas realizadas se obtendrán del Servicio de Análisis y Registros de la Conselleria del Mar.

b)    Titulares de establecimientos de acuicultura no sujetos al sistema de transmisión y a lo que  hace referencia la Orden de 9 de abril de 2008: Acreditar la reducción de su producción entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia de la pandemia de la COVID-19, a través de la certificación de un auditor adscrito al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) dónde debe reflejar los años 2017,2018, 2019 y 2020 las ventas en euros y el volumen del producto, la medai  de  ingresos  y  la comparativa porcentual respecto al año que solicita la ayuda.

 

En el caso de establecimientos de acuicultura en la zona marítima, no se tendrán en cuenta para calcular las perdidas los períodos en los que estuviese suspendida la recogida como consecuencia de la proliferación de plancton que produzca toxinas o contenga biotoxinas, según los datos facilitados por el Instituto Tecnológico para el Control del Medio Mariño de Galicia (Intecmar), temporales u otros factores medioambientales, enfermedades animales, etc.

Noticias relacionadas
BONO ACTIVA COMERCIO 2023

BONO ACTIVA COMERCIO 2023

02/10/2023
La Xunta lanza una nueva convocatoria del Bono Activa Comercio, destinado a reactivar el comercio local a través de la dinamización de las compras en los establecimientos de proximidad. Con este programa los clientes podrán acceder a un bono descuento por un valor de 30 euros para las compras en
AMPLIACION DE PLAZO DE LAS SUBVENCIONES TR986C Y TU503F

AMPLIACION DE PLAZO DE LAS SUBVENCIONES TR986C Y TU503F

08/05/2023
Se publica la ampliación de plazo de estas dos ayudas: (TU986B)- EFICIENCIA ENERGETICA EN EMPRESAS TURISTICAS...........AMPLIACIÓN PLAZO HASTA EL 29/05/2023 (DOGA27/04) (TU503F)-SUBVENCIONES ESTABLECIMIENTOS TURISTICOS EN MUNICIPIOS COSTEROS.......... AMPLIACIÓN PLAZO HASTA EL 26/05/2023 (DOGA
AYUDA EMIGRANTES GALLEGOS RETORNADOS

AYUDA EMIGRANTES GALLEGOS RETORNADOS

24/04/2023
BENEFICIARIOS 1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas que, residiendofuera de España con nacionalidad española, establezcan su residencia en la ComunidadAutónoma gallega: a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia. b) Los/las cónyuges o personas con unión análoga a
OBLIGACIONES FISCALES 1T 2023

OBLIGACIONES FISCALES 1T 2023

31/03/2023
CONCEPTO                              MODELOS                             FECHA IVA                                             303 - 349                                20 DE ABRIL IRPF                                          111 - 115                                 20 DE ABRIL PAGOS A CUENTA 

¡Compártelo!