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GALICIA EXPORTA EMPRESAS

Publicado: 22 de marzo de 2022, 17:35
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GALICIA EXPORTA EMPRESAS

TIPOS DE APOYO

Incentivar realización de acciones de promoción exterior generadoras de ventajas competitivas que incidan en la proyección y posicionamiento de las empresas gallegas en los mercados internacionales. Tipo de acciones: 

 

a) ACCIONES DE DIFUSIÓN: (Máx. 8.000 €/solicitud)

 

a.1) Campañas de publicidad en prensa, revistas, televisión u otros medios incluidos los digitales (difusión en el extranjero) Gasto Subvencionable: Sólo la compras de espacios publicitarios e inserciones en medios de comunicación.

a.2) Elaboración de material promocional para difusión en mercados extranjeros.

Gasto Subvencionable: gastos de diseño, elaboración, edición, montaje, producción, traducción e impresión de material promocional para difusión en mercados extranjeros.

 

b) ACCIONES DE PROMOCIÓN: 

 

b.1) Participación en ferias u otros eventos expositivos como EXPOSITOR que se celebren en el extranjero dentro del plazo de ejecución. Eventos en España deberán estar incluidos en el calendario de ferias internacionales publicado por la Secretaría de Estado de Comercio de España para el año 2022 o 2023: https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/21/pdfs/BOE-A-2021-21055.pdf  

Gasto Subvencionable: gastos de viaje de personas de la empresa y alojamiento en el lugar de celebración del evento en el que se participa, alquiler espacio y servicios relacionados con dicho alquiler; alquiler de stand físico, construcción, montaje y desplazamiento del stand; decoración del stand; alquiler de mobiliario; contratación de personal de apoyo como intérpretes, modelos o azafatas; envío de material promocional y muestras con seguro. (Máx 9.627,65€ según método de costes simplificados basado en sumas a tanto alzado). 

(Solamente se podrán realizar 3 acciones/año/área geográfica y 2/año en un mismo país dentro de la misma área geográfica.)

Participación en ferias virtuales, así como la participación en otros eventos expositivos virtuales dirigidos al público internacional. Gasto Subvencionable: gastos de alquiler de stand virtual y de los servicios relacionados con el alquiler; gastos de intérpretes, y las cuotas de participación en ferias y eventos expositivos virtuales (hasta 4 personas/empresa).(Máx 1.500€/evento)

 

b.2) Visitas a la sede de la empresa en Galicia de clientes, importadores, distribuidores, medios de comunicación u otro tipo de prescriptores, todas realizadas desde el extranjero, con el objeto de dar a conocer al exterior las posibilidades de la empresa y sus productos y/o para sondear posibles fórmulas de cooperación. 

Gasto Subvencionable: Gastos de viaje (Sólo avión, tren y/o autobús, tasas y seguros de viaje) y alojamiento y desayuno en Galicia máx 3 personas/acción con máx 5 pernoctas .y Gastos de intérpretes durante la visita y/o para la realización de un evento virtual, así como los de asistencia técnica para la realización del evento virtual ).(Máx los límites del anexo III)

Se incluye también la organización de eventos virtuales organizados por la propia empresa dirigidos al público internacional (catas, seminarios, jornadas de formación a prescriptores etc.).

 

a)     c) ACCIONES DE PROSPECCIÓN DE MERCADOS INTERNACIONALES: 

Las empresas que presten este tipo de servicios deberán estar dadas de alta en la base de datos de agentes comerciales mediadores en el exterior del Igape. Este requisito no se requerirá cuando el servicio sea prestado por las oficinas comerciales o cámaras de España en el extranjero, o por las oficinas comerciales u organismos públicos españoles o extranjeros que presten este tipo de servicios.

c.1) Agenda de reuniones, incluidas las agendas virtuales: Gasto Subvencionable: Servicios de consultoría para realización agendas virtuales (No serán subvencionables si no se ejecutan las reuniones correspondientes dentro del plazo de ejecución).

c.2) Desarrollo de clientes y análisis de competencia en el extranjero: metodología enfocada en descubrir mercados para la empresa y sus productos, apostando tanto por descubrir y aprender de los propios clientes, ofreciendo un producto que realmente necesiten, como de los competidores, mediante la identificación de buenas prácticas, y el benchmarking funcional.

Gasto Subvencionable: Servicios de consultoría para el desarrollo de clientes en el extranjero, análisis de la competencia internacional, análisis de empresas líderes referencia en buenas prácticas y/o seguimiento de contactos iniciales.

(Máximo para c.1 y c.2 4.000 €/ solicitud)

c.3) Seguimiento de contactos iniciales o clientes anteriores en el extranjero para consolidación del negocio y la implantación promocional en destino. Gasto Subvencionable: Servicios de consultoría para seguimiento de contactos iniciales o clientes anteriores. Límite máx: 2.000€/ solicitud; Gastos de alquiler de locales en extranjero con fines promocionales en el mercado objetivo durante el período de ejecución establecido en la resolución de concesión. Lim max 15.000 €/ solicitud.

Sólo se podrá presentar y aprobar 1 solicitud / beneficiario, en la que se podrán incluir varias acciones.

d) ACCIONES DE OPERATIVIDAD DE LA INTERNACIONALIZACIÓN:

d.1) Gestión de acuerdos comerciales internacionales, certificaciones, homologaciones y registros de marcas y patentes de productos/servicios para el extranjero. Gasto Subvencionable: Asistencia jurídica, técnica y servicios para la traducción de documentación.

d.2) Seguros de crédito a la exportación. Gasto Subvencionable: Pólizas de seguros de crédito a la exportación.

 

Quedan excluidos: Los costes de mailings, convites, regalos promocionales y los relativos a la realización de cócteles y actos análogos. Los costes de servicios para el posicionamiento web. Folletos y otro material que no esté dirigido estrictamente a fines promocionales. Productos de merchandising y otros regalos promocionales. IVA. Los costes de envío de mercancías distintas al material promocional o muestras sin valor comercial. Aquellos no estén directamente vinculados con la realización de la acción subvencionable. 

No se subvencionarán servicios a contratar relacionados con la actividad empresarial del solicitante en el mismo país en el que el solicitante ejerce dicha actividad.

 

PLAZO EJEC. Y JUSTIF.= Desde 01/01/2022 (el proyecto no podrá ser ejecutado íntegramente antes de la solicitud de la ayuda) hasta:

a)     30/09/2022 = con acciones a realizar hasta esta fecha 

b)     31/03/2023 = con acciones a realizar hasta esta fecha. Las acciones entre 01/10/2022 y 31/12/2022 pueden ser imputadas a 2023

Los gastos efectuados y pagados previamente al 01/01/22 no serían subvencionables, salvo los exigidos en concepto de reserva para acciones que se realizarán en el ejercicio 2022 y 2023.

BENEFICIARIOS

ü  PYMES, (incluidos los autónomos individuales. No C.B. ni S.C) 

ü  que tengan algún centro de trabajo en Galicia y que tengan en dicho centro antes de la solicitud al menos 3 trabajadores por cuenta ajena. 

ü  Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización (IG192) con informe positivo emitido a partir del 01/01/2013. La solicitud de IG192 deberá hacerse antes de la solicitud de la ayuda.

Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda

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