Asesoría de confianza desde 1993
Renta virtual 2022

Noticias

Temas

SUBVENCIONES PARA PROMOVER EL AUTOEMPLEO DE LOS EMIGRANTES GALLEGOS RETORNADOS

21/10/2021
  1. Noticias

BENEFICIARIOS

Personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:

1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia (Retornadas a partir del 01/01/2019 y que no fueran beneficiarios anteriormente de dicha subvención).

2. Los cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia

 

LÍNEAS

Las dos destinadas a emigrantes retornados:

– Línea 1 subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora: tienen por finalidad fomentar su establecimiento como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

– Línea 2 subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo: destinadas a compensar las pérdidas provocadas por la reducción de la actividad económica de las personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia en el contexto actual de pandemia.

 

IMPORTE SUBVENCIÓN

LÍNEA 1:

Se establece una cuantía de la subvención de 5.000 euros.

El importe de la subvención se incrementará en el caso de concurrir las siguientes situaciones:

a)      En caso de que la persona solicitante sea mujer: 1.000 euros

b)      En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural: 2.000 euros.

El importe máximo de la subvención concedida será de 8.000 euros.

LÍNEA 2:

Las subvenciones destinadas a esta línea COVID-19 tendrán un importe de 3.000 euros.

La obtención de las subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora y de las subvenciones COVID-19 para mantenimiento del autoempleo son compatibles con otras que por los mismos conceptos puedan otorgar las administraciones públicas.

 Las subvenciones de la línea 1 y de la línea 2 recogidas en esta resolución son incompatibles entre sí.

 

OBLIGACIONES

Mantener el alta en el régimen de la Seguridad Social o mutualidad durante un tiempo mínimo de 2 años como persona autónoma, salvo cese por causas ajenas a su voluntad, lo cual deberá acreditar de manera fidedigna

PLAZO

HASTA EL 21/11/2021

POR ORDEN DE ENTRADA

Noticias relacionadas
BONO ACTIVA COMERCIO 2023

BONO ACTIVA COMERCIO 2023

02/10/2023
La Xunta lanza una nueva convocatoria del Bono Activa Comercio, destinado a reactivar el comercio local a través de la dinamización de las compras en los establecimientos de proximidad. Con este programa los clientes podrán acceder a un bono descuento por un valor de 30 euros para las compras en
AMPLIACION DE PLAZO DE LAS SUBVENCIONES TR986C Y TU503F

AMPLIACION DE PLAZO DE LAS SUBVENCIONES TR986C Y TU503F

08/05/2023
Se publica la ampliación de plazo de estas dos ayudas: (TU986B)- EFICIENCIA ENERGETICA EN EMPRESAS TURISTICAS...........AMPLIACIÓN PLAZO HASTA EL 29/05/2023 (DOGA27/04) (TU503F)-SUBVENCIONES ESTABLECIMIENTOS TURISTICOS EN MUNICIPIOS COSTEROS.......... AMPLIACIÓN PLAZO HASTA EL 26/05/2023 (DOGA
AYUDA EMIGRANTES GALLEGOS RETORNADOS

AYUDA EMIGRANTES GALLEGOS RETORNADOS

24/04/2023
BENEFICIARIOS 1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas que, residiendofuera de España con nacionalidad española, establezcan su residencia en la ComunidadAutónoma gallega: a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia. b) Los/las cónyuges o personas con unión análoga a
OBLIGACIONES FISCALES 1T 2023

OBLIGACIONES FISCALES 1T 2023

31/03/2023
CONCEPTO                              MODELOS                             FECHA IVA                                             303 - 349                                20 DE ABRIL IRPF                                          111 - 115                                 20 DE ABRIL PAGOS A CUENTA 

¡Compártelo!